Si estás pensando en alquilar tu vivienda, seguro que la posibilidad de que el inquilino deje de pagarte es una de las cuestiones que más te preocupan. Por ello, en este artículo te contamos cómo puede ayudarte a limitar este riesgo un buen seguro de impago de alquiler.
Beneficios del seguro de impago de alquiler
Sin duda, el mayor beneficio del seguro de impago de alquiler es que la compañía se hace cargo de abonarte las mensualidades de renta ante una falta de pago por parte de los inquilinos.
No obstante, esta prestación no es ilimitada, sino que su alcance va a depender del tipo de póliza que contrates. Lo más frecuente es que la cobertura por impago se extienda a períodos de 3, 6 o 12 meses, a elección del tomador del seguro.
Otros dos importantes beneficios de estas pólizas son el asesoramiento jurídico y la cobertura frente a daños por actos vandálicos en la vivienda o su contenido. En el siguiente apartado veremos más en detalle todas las coberturas que suelen incluir este tipo de seguros.
Principales coberturas de los seguros de impago de alquiler
Si analizamos detenidamente qué es y para qué sirve cada uno de estos seguros, podrás apreciar las diferencias de una forma muy clara:
El seguro de impago de alquiler cubre principalmente la falta de pago del importe de la renta por parte del inquilino. No obstante, las pólizas suelen incluir otras coberturas adicionales como las siguientes:
- Reclamación, indemnización o reparación de daños por actos de vandalismo.
- Gastos de cerrajero y cambio de cerradura.
- Reclamación al arrendatario por incumplimiento de contrato.
- Asesoramiento jurídico telefónico.
El seguro de alquiler de vivienda, por su parte, no garantiza el pago de la renta, sino que se centra en ofrecerte un completo asesoramiento legal en todas las cuestiones que implica este tipo de contratos. Entre otras, las coberturas más importantes de esta póliza son las siguientes:
- Asesoramiento jurídico.
- Servicio de redacción y revisión de documentos legales.
- Desahucio del inquilino por impago de rentas, tanto por vía extrajudicial como judicial.
- Reclamación por incumplimiento del contrato de arrendamiento.
- Defensa penal en cuestiones relacionadas con el alquiler de vivienda.
- Reclamaciones de tus derechos como consumidor en relación con contratos concertados en el ámbito de la vivienda asegurada.
- Reclamación de otros seguros.
- Defensa supletoria de la responsabilidad civil.
- Reclamaciones por daños en la vivienda.
- Reclamaciones por actos vandálicos.
Como decíamos al principio, las dos pólizas coinciden en ofrecer cobertura al propietario frente a una serie de riesgos derivados del contrato de arrendamiento. Aunque estos riesgos sean distintos en cada caso, como has visto, ambas pueden proporcionar determinados servicios de asesoramiento o reclamaciones (sea o no su objetivo principal).
Cómo contratar el seguro de alquiler o el seguro de impago
Hoy en día, el proceso de contratación del seguro de alquiler o del seguro de impago es realmente sencillo.
Tanto si lo haces a través de internet como por vía telefónica, el procedimiento suele ser bastante rápido. Como es lógico, si tienes a mano toda la documentación necesaria, los trámites serán mucho más ágiles.
Además de proporcionar todos los datos de la vivienda, fechas y condiciones del alquiler y coberturas deseadas, en el caso del seguro de impago, el trámite más importante será el estudio de viabilidad del inquilino. Con este documento, la compañía tratará de estimar la solvencia del futuro arrendatario y así definir el riesgo de impago.
En definitiva, las diferencias entre el seguro de alquiler y el de impago de alquiler convierten a estas pólizas en dos herramientas complementarias para ayudarte a minimizar los riesgos de un arrendamiento. Sin duda, son la mejor garantía de tranquilidad para cualquier propietario.