VASECTOMIA EN EL SEGURO PRIVADO DE SALUD

En este artículo, exploraremos a fondo el procedimiento de vasectomía y cómo el Seguro de Salud puede ser tu aliado en este importante paso de planificación familiar. Descubre las coberturas y detalles importantes que ofrecen las compañías para la vasectomía.

Detalles sobre si los Seguros de Salud cubren la vasectomía

El Seguro de Salud cubre la vasectomía, así como el acceso a tu urólogo concertado con la compañía. Para ello, hay que realizar la contratación de alguna de las pólizas que incluyen este proceso anticonceptivo. Asimismo, es importante asegurarse y revisar el plan de seguro médico elegido para verificar que se cuenta con la cobertura de vasectomía.

Condiciones y requisitos para aprovechar la cobertura

Hay una serie de condiciones y requisitos para comenzar a utilizar esta cobertura de vasectomía reversible El primero de ellos es que han de transcurrir al menos 6 meses desde la contratación de la póliza. Y el otro requisito es pasar por una valoración médica realizada por un facultativo de la compañía aseguradora. La vasectomía y su precio favorecen enormemente a los asegurados, ya que es una intervención cubierta en casi todas las pólizas con una carencia de 6 meses.

Posibilidad de reversión de la vasectomía y su cobertura

La vasectomía reversible, también conocida como la recanalización de los conductos deferentes, es una opción para aquellos hombres que han decidido revertir la decisión de la vasectomía para restaurar su fertilidad. Sin embargo, es importante tener en cuenta varios factores antes de considerar la reversión de la vasectomía:

  • La efectividad de la reversión de la vasectomía puede variar. No siempre garantiza la restauración completa de la fertilidad.
  • Cuanto más tiempo haya pasado desde la vasectomía, menor puede ser la tasa de éxito de la reversión.
  • La habilidad y experiencia del cirujano que realiza la reversión son factores críticos para el éxito del procedimiento.
  • La salud general del paciente y su edad también pueden influir en la posibilidad de éxito.
  • Es crucial entender y discutir las expectativas y motivaciones para la reversión de la vasectomía.
  • Antes de optar por la reversión de la vasectomía, es recomendable discutir con un profesional de la salud las opciones alternativas.

En resumen, la reversión de la vasectomía es una opción viable para algunos hombres, pero no garantiza el éxito en todos los casos. Antes de tomar una decisión, se recomienda discutir detalladamente con un profesional de la salud, como el urólogo, para comprender las posibilidades y considerar otras opciones disponibles.

Si estás pensando en contactar un Seguro de Salud, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, estaremos encantados de poder ayudarte.

PLACAS SOLARES EN COMUNIDADES

La instalación de placas solares en comunidades de vecinos es una opción cada vez más popular hoy en día para buscar la eficiencia energética y la sostenibilidad. Sin embargo, antes de proceder a su instalación, es crucial conocer y comprender la normativa actual vigente y los aspectos legales que regulan este tipo de instalaciones en el marco de la Ley de Propiedad Horizontal.

¿Cuáles son los problemas comunes con las placas solares en las comunidades de vecinos?

Podemos encontrarnos diversas cuestiones, desde disputas entre vecinos por diversidad de opiniones acerca de la necesidad o no de colocar este tipo de sistemas de generación de energía, hasta distintos puntos de vista acerca de la estética del edificio una vez instaladas.

Es de vital importancia tratar todos estos temas en las reuniones periódicas de la comunidad hasta llegar a un consenso general antes de comenzar con la instalación para garantizar un resultado exitoso y que no suponga problemas internos en el futuro.

¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre la instalación de placas solares?

Según la Ley de Propiedad Horizontal, la instalación de placas solares en comunidades de vecinos está sujeta a ciertas regulaciones y procedimientos.

Se reconoce el derecho de los propietarios a realizar mejoras en su propiedad, incluida por supuesto la instalación de sistemas de energías renovables, siempre y cuando no alteren la seguridad, estética o estructura del edificio.

Incluso, hoy en día, existen numerosas ayudas y subvenciones que incentivan a llevar a cabo este tipo de instalaciones mediante una ayuda económica para sufragar los altos costes de su instalación.

¿Qué otras normas o leyes tendremos que cumplir?

Toda instalación debe cumplir no solo con las normativas técnicas que le sean de aplicación, sino también con todas las cuestiones urbanísticas que establezcan las normas propias de cada ayuntamiento, como las limitaciones de altura o la posible cubrición obligatoria de elementos de instalaciones en edificios con ciertas protecciones o limitaciones estéticas.

¿Cuáles son los requisitos necesarios para la aprobación?

La instalación de placas solares requiere la aprobación de la junta de propietarios en una reunión de vecinos. Es fundamental obtener el consentimiento de la mayoría de los propietarios, lo cual evitará conflictos futuros.

¿Cuáles son los requisitos técnicos para instalar las placas solares?

La gran mayoría de cuestiones técnicas para analizar la viabilidad de la instalación nos la aportará nuestro técnico, pero es importante conocer algunas premisas como:

  • Tendremos que disponer de un espacio en cubierta lo suficientemente grande para ubicar tantas placas como demanda energética se requiera.
  • Debe existir una separación máxima entre las viviendas y las placas para evitar favorecer la eficiencia del sistema.
  • La conexión eléctrica tiene que realizarse al mismo centro de transformación de baja tensión que el resto de la edificación.

¿Cuáles son las cuestiones de tramitación obligatorias para instalar las placas solares?

Para asegurar una instalación conforme a la normativa, se tendrá que presentar un proyecto detallado que especifique, entre otras cuestiones, la ubicación, el tamaño y características técnicas de las placas solares. Este proyecto tendrá que ser redactado por un técnico profesional competente como un arquitecto o un ingeniero.

Una vez que la comunidad cuente con el proyecto en cuestión, será necesario presentarlo en el ayuntamiento de la localidad en la que se encuentre y solicitar los permisos o licencias necesarios para dar comienzo los trabajos de instalación.

Una vez que se disponga del permiso municipal, el trabajo se tendrá que llevar a cabo por profesionales cualificados y que cumplan con ciertos estándares de seguridad, sobre todo en aquellos casos en los que la instalación haya que realizarla en las cubiertas de los edificios con difícil acceso.

¿Se pueden instalar placas de uso privado dentro de la comunidad?

Cuando se trata de instalar placas solares de uso privado dentro de la comunidad, como en un ático o terraza privada, la normativa puede variar. En estos casos, lo fundamental es respetar los derechos de los demás propietarios y seguir los procedimientos establecidos previamente en los estatutos de la comunidad. Se tendrá que tener en cuenta diferentes factores como la responsabilidad en caso de daños. Ante la complejidad legal y los posibles conflictos que puedan surgir en la instalación de placas solares en comunidades, contar con un Seguro de Hogar adecuado puede proporcionarte la tranquilidad y protección necesaria en cualquier situación, sobre todo para daños o responsabilidades relacionadas con este tipo de instalaciones en concreto.

¿CON SEGURO DE SALUD PUEDES IR A LA S.S.?

Es común preguntarse si teniendo un Seguro de Salud Privado puedo ir a la Seguridad Social, especialmente a la hora de decidir qué seguro de salud contratar. En este artículo, exploramos la compatibilidad del seguro privado y Seguridad Social, así como los derechos, beneficios y limitaciones de los asegurados para acceder a los servicios ofrecidos por la Seguridad Social.

Compatibilidad entre el Seguro Privado y Seguridad Social

En general, la mayoría de los servicios médicos proporcionados por la Seguridad Social son independientes de los seguros de salud privados. Siendo total la compatibilidad entre Seguro Privado y la Seguridad Social. Los pacientes que tienen cobertura de un seguro de salud privado, pueden beneficiarse de una atención médica más amplia y servicios adicionales que pueden no estar cubiertos por la Seguridad Social, como acceso a hospitales privados, cobertura para medicamentos que no estén en la lista de la Seguridad Social o acceso a especialistas sin esperas prolongadas.

Sin embargo, la compatibilidad específica entre Seguro de Salud Privado y la Seguridad Social puede variar dependiendo del plan de seguro de salud de que tengas contratado y los términos de la póliza.

Explorando la compatibilidad entre seguro privado y Seguridad Social

Como se ha mencionado en el apartado anterior, con seguro privado puedes ir a la Seguridad Social sin problema alguno. Si, por el contrario, no se cuenta con seguro privado no se puede acceder a coberturas complementarias o extras, fuera de las ofrecidas por la Seguridad Social.

Consejos para usuarios indecisos

A la hora de decidir si contratar o no un seguro privado es recomendable tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Aunque tengas un seguro privado, tienes la opción de utilizar los servicios de la Seguridad Social si así lo prefieres. Esto te permite acceder a consultas con médicos de la Seguridad Social, realizar pruebas médicas o tratamientos en hospitales públicos, entre otros servicios.
  • Tu seguro privado puede cubrir servicios médicos que la Seguridad Social no incluye o que tienen largos tiempos de espera en el sistema público. En estos casos, tu seguro privado puede ser útil para acceder a atención médica más rápida o a tratamientos específicos.
  • Algunos seguros privados ofrecen programas de reembolso o copagos que te permiten utilizar servicios de la Seguridad Social y luego solicitar el reembolso de los gastos médicos incurridos. Es importante revisar los términos de tu póliza para entender cómo funciona este proceso.
  • Algunos seguros privados ofrecen servicios de segunda opinión médica, lo que te permite consultar a un especialista adicional si lo deseas, incluso si ya has recibido atención a través de la Seguridad Social.

En conclusión, tener un seguro privado de salud no te impide utilizar los servicios de la Seguridad Social en España. De hecho, muchas personas eligen complementar su cobertura privada con los servicios públicos disponibles, ya sea por razones de conveniencia, necesidades específicas de atención médica o para aprovechar la amplia gama de opciones disponibles en ambos sistemas.

Si estas pensando en hacerte un Seguro de Salud Privado no dudes en contactar con nosotros estaremos encantados de atenderte y asesorarte para personalizar totalmente tu Seguro de Salud.

CAMBIOS DE NORMATICA EN MOTOS DE 125 C.C

La DGT ha avisado sobre las modificaciones que se realizarán en 2024 sobre la normativa actual para conducción de motos de hasta 125 c.c. Estos cambios se deben a las cifras preocupantes de fallecidos en 2022 (299 motoristas), lo que supuso un incremento de más del 20% respecto al año anterior.

Analizando los datos de siniestralidad se llega a algunas conclusiones. Por el ejemplo, que 3 de cada 4 accidentes suceden en ciudades en las que se registra el 70% de los fallecidos en moto, siendo la circulación en vías interurbanas un territorio que frecuentan muy poco las motos de hasta 125 c.c.

En su momento, cuando se implantó la medida de facilitar la utilización de motos de hasta 125 c.c. a los poseedores del carnet de conducir tipo B, se pensó más en reducir la circulación de coches en las ciudades y no tanto en temas de seguridad vial.

La normativa actual y los cambios previstos

Fue en octubre de 2004 cuando se implantó en España la normativa que permite a los titulares del permiso B con al menos 3 años de antigüedad poder conducir una moto o scooter hasta 125 c.c. (11 kW – 15 CV) con una relación de potencia y peso no superior a 0,1 kW/kg. Igualmente se incorporaron los triciclos de 20,5 CV, y en ambos casos sean con motor de combustión o eléctricos, siempre sin necesitar anotaciones en el carnet.

Ahora la DGT anuncia que se implementará un curso obligatorio que aún está en proceso de definición en cuanto a duración y contenido, y con un costo que deberán asumir los conductores.

Lo que está claro es que además de tener el carnet B más de 3 años en vigor, los conductores tendrán que asistir a este curso de habilitación, que en caso de Francia hoy por hoy es un curso sencillo y obligatorio de 7 horas sobre equilibrio y manejo de las dos ruedas.

El contenido de este curso lo diseñará la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, aunque aún no se ha determinado quien lo impartirá (se supone que serán las autoescuelas) ni su coste final para el usuario.

Esta medida ya se cuestionó anteriormente ya que la DGT lleva tiempo fomentando una formación previa para los beneficiarios de esta convalidación, pensando incluso en la eliminación de éste actual automatismo especialmente en circuitos urbanos.

¿Cuál será el momento de puesta en marcha y a quienes afectará?

Parece ser que la decisión ya está tomada aunque llevará algún tiempo ponerla en marcha ya que la modificación a realizar en el Reglamente General de Conductores (RGC) se llevará como mínimo hasta más allá del verano de 2024, pudiendo acercarse incluso al final del año 2024.

En realidad, son muchos los conductores que utilizan motos de 125 c.c. con su carnet B y verán ahora peligrar esta ventaja.

De hecho, la idea es que los conductores que ya disfrutaban de esta convalidación y que no puedan demostrar su experiencia, deberán completar este nuevo curso con su costo adicional y el tiempo de dedicación pertinente.

Está aún en estudio el impacto en conductores que hayan adquirido recientemente sus motos, los que utilizan el sistema de “moto Sharing” y los profesionales que utilizan motos de empresa.

Si nos fijamos como se hizo un proceso similar en Francia, allí los que llevaban al menos 5 años conduciendo motos de 125 c.c. resultaron exentos del curso, si bien para demostrarlo se exigía un certificado del seguro de la moto a su nombre.

La industria del sector de la moto se verá afectada

Lógicamente la industria se encuentra muy preocupada y ha trasladado esta preocupación a la DGT, tanto por el impacto de esta media en la movilidad, como en el proceso de electrificación.

No hay que olvidar que el 54,1% de las matriculaciones de motos en 2023 son de hasta los 125 c.c. o equivalentes eléctricos, lo que hace entender fácilmente el gran impacto que se espera en el momento de poner en marcha esta nueva normativa

Por su parte, la industria ha venido demostrando de muchas formas su implicación en un motociclismo seguro y sostenible. Han invertido cientos de millones anuales para seguir desarrollando tecnología, y han dotado a las motos de una larga lista de ayudas electrónicas y sistemas de conectividad, de cara a un futuro próximo bien definido, y ahora esta medida puede truncar los resultados de venta de forma muy radical con lo que esto podría suponer para el sector.

Hasta que se materialice el cambio de la normativa, no olvides que lo mejor para tu moto es contratar un buen Seguro de Moto, nuestro equipo te asesorar para que se adapte a tus necesidades.

¿ARDOR EN LAS PLANTAS DE LOS PIES?

El ardor en las plantas de los pies es un problema médico caracterizado por episodios intermitentes de dolor urente (tipo quemazón) y picor, que se acompaña de enrojecimiento, calor y menos frecuentemente de hinchazón en los pies.

Las crisis  de ardor en las plantas de los pies suelen estar desencadenadas por temperaturas ambientales cálidas o la actividad física. Los síntomas pueden ser leves durante años o evolucionar y volverse totalmente incapacitantes, pueden afectar el descanso nocturno, ya que son más frecuentes por la noche y suelen mejorar durante el día.

La sensación de calor o ardor se localiza en las plantas de los pies, pero también puede extenderse al dorso, tobillos y la parte posterior de la pierna. Además, algunos pacientes describen un hormigueo o pinchazos (parestesias) en las extremidades inferiores.

Se cree que se produce por una alteración en los vasos sanguíneos y puede asociarse a neuropatía (afectación de las fibras nerviosas).

¿Cuáles son las causas?

Es una situación médica de difícil abordaje ya que en muchos casos se desconoce la causa (idiopática) o puede ser secundario a un listado de diferentes enfermedades.

Entre sus posibles causas conocidas se incluyen:

  • Déficits vitamínicos: se asocia comúnmente con la carencia de vitaminas del grupo B, especialmente riboflavina (B2), ácido nicotínico (B3), tiamina (B1) y piridoxina (B6).
  • Enfermedades sistémicas como diabetes e hipotiroidismo.
  • Eritromelalgia (síndrome infrecuente en el que las arterias de pequeño calibre de la piel se dilatan de forma periódica produciendo dolor y calor).
  • Factores genéticos, síndrome de Gitelman.
  • Administración de fármacos.
  • Otras causas incluyen neuropatía periférica, absorción deficiente de nutrientes, problemas traumatológicos.

¿Cómo se realiza el diagnóstico?

  • El diagnóstico es clínico. Se basa en una exhaustiva historia clínica y exploración física. No hay un test diagnóstico específico.
  • Se suelen realizar pruebas, como un análisis de sangre para descartar causas como déficits vitamínicos u otras posibles causas subyacentes.
  • Otras pruebas que pueden indicarse incluyen un electromiograma (sospecha de neuropatía) o pruebas de imagen (TAC o RM) (descartar causas anatómicas).

Tratamiento

El tratamiento del ardor en las plantas de los pies dependerá de las causas identificadas que puedan provocarlo. Como muchas veces no se identifica, se realiza tratamiento sintomático:

  • Evitar el calor, y procurar hacer reposo y elevar los pies. Evitar, asimismo, el tipo de ejercicio que desencadena los síntomas.
  • Se recomienda utilizar calzado cómodo, especialmente zapatos abiertos y calcetines de algodón.
  • Para aliviar el dolor, los pacientes a menudo tratan de enfriar las extremidades con hielo o agua fría pero esta acción puede provocar ulceración en la piel. Debe evitarse o limitarse el uso de hielo o inmersión en agua (por ejemplo, ≤10 minutos y ≤4 veces al día) e intentar buscar otras alternativas.
  • Si se identifica una enfermedad subyacente, el tratamiento de dicha afección puede aliviar los síntomas. En el resto de los casos, no existe un tratamiento bien definido, aunque pueden utilizarse varios medicamentos tópicos que se aplican sobre la zona afecta (como parches de lidocaína, un anestésico para el dolor o midodrina para la rojez).
  • En cuanto a fármacos, pueden utilizarse antidepresivos tricíclicos y agentes estabilizadores de membrana como carbamazepina o gabapentina.
  • El tratamiento de estos pacientes puede requerir de un equipo multidisciplinar que incluya especialistas en dermatología, en neurología, en tratamiento del dolor y en rehabilitación.

Lo que debes saber…

  • Las crisis suelen estar desencadenadas por temperaturas ambientales cálidas o la actividad física. Los síntomas pueden ser leves durante años o evolucionar y volverse totalmente incapacitantes.
  • Es una situación médica de difícil abordaje ya que en muchos casos se desconoce la causa o puede ser secundaria a un déficit vitamínico, diferentes enfermedades, factores genéticos…
  • Evitar el calor, y procurar hacer reposo y elevar los pies, así como utilizar calzado cómodo, especialmente zapatos abiertos y calcetines de algodón, son algunas medidas recomendadas para aliviar los síntomas.

SEGURO DE COMUNIDAD ¿OBLIGATORIO?

Cualquier imprevisto que ocurra en un edificio podrá resolverse, siempre y cuando se cuente con una póliza. Pero ¿el seguro de comunidad de propietarios es obligatorio en todos los casos?

¿Qué es el seguro de comunidad de propietarios?

Esta póliza es la que protege a los vecinos frente a aquellos siniestros o conflictos que puedan ocurrir en las zonas comunes que se comparten en un edificio. Algunos ejemplos serían:  problemas con el ascensor, vecinos que no pagan comunidad, un incendio en las escaleras, robos, cristales rotos, inundaciones, entre otros.

¿El seguro de comunidad de propietarios es obligatorio?

Si te preguntas si el seguro de comunidad de propietarios es obligatorio, la respuesta es “no”, excepto en Valencia y Madrid. Aquí, los seguros de este tipo deben estar regulados y es una condición innegociable incorporar una póliza de incendios y de responsabilidad civil.

A nivel nacional, no existe una norma que establezca la obligatoriedad de contratar un seguro de comunidad de propietarios, ya que la Ley de Propiedad Horizontal no lo exige. No obstante, es recomendable.

El seguro de comunidad de propietarios obligatorio

En Valencia el seguro de comunidad de propietarios es obligatorio, según lo dictamina el artículo 30 de la Ley Valenciana 8/2004; la cual está dirigida al uso y conservación de la vivienda. En ella se establece la norma de adherir y asegurar los hogares contra riesgo de incendios y daños a terceros, además de suscribirlos para los elementos comunes del edificio.

Por su parte, en Madrid el seguro de comunidad de propietarios es obligatorio, según el artículo 24 sobre las Medidas de Calidad de Edificación de la Ley 2/1999. Esta determina que todos los edificios deberán estar asegurados ante riesgos de incendio y daños a terceros, siendo una infracción grave no tenerlas.

¿Cuáles son las coberturas del seguro de comunidad de propietarios obligatorio?

En las Comunidades Autónomas de Madrid y Valencia, donde este seguro es de carácter obligatorio, las coberturas deben incorporar lo siguiente:

Incendios

Se incluyen los daños materiales producidos a los bienes asegurados como consecuencia de la acción directa del fuego, así como los provocados por los resultados del incendio. Este será contemplado siempre y cuando se haya originado por una causa fortuita o por negligencia propia del asegurado, de sus empleados o de personas de las cuales responde civilmente.

Asimismo, dentro de la póliza se incluyen las explosiones y los daños materiales que han sufrido las calderas y las conducciones de calefacción u otras instalaciones fijas.

Por otro lado, se considera también la caída de rayos directos sobre los bienes asegurados y los efectos secundarios producidos por los daños.

Riesgos a terceros

Consiste en la responsabilidad civil que cubre los imprevistos de cualquier inmueble que puedan provocar daños a terceras personas. Por lo tanto, es la aseguradora la responsable del pago de las indemnizaciones que la comunidad de propietarios deba afrontar.

¿Se puede reclamar algún siniestro si el edificio no ha contratado el seguro de comunidad de propietarios?

Existe un calendario fijado por ley para que los incidentes puedan dirigirse directamente al constructor. Estas son las condiciones:

  • Los acabados de la obra pueden reclamarse en el primer año posterior a la construcción, mientras que los tres primeros años posteriores a su finalización solo se puede emitir una queja por el incumplimiento de los requisitos relacionados con la habitabilidad del edificio.
  • Transcurridos los primeros diez años de la construcción, se podrán reclamar los desperfectos en la estructura, como los cimientos, soportes o vigas, entre otros.

Una vez pasado este tiempo, es la comunidad de vecinos la que debe hacerse cargo de los defectos, daños e imprevistos. Es por ello por lo que, a pesar de que no se trata de una póliza obligatoria, muchas aseguradoras recomiendan contratar un seguro de comunidades para evitar que los propietarios del edificio deban hacer frente a los posibles daños que afecten a la estructura.

  • La protección jurídica. La aseguradora facilita un teléfono, asesoramiento jurídico y, en caso de ser necesario, la protección del ejercicio de los derechos de los propietarios.
  • El desatasco de tuberías. El seguro cubre el gasto de destape de tuberías comunitarias de evacuación de aguas negras, fecales o pluviales, siempre y cuando se gestione el siniestro a través de la asistencia de la aseguradora.
  • El control de plagas. La compañía ofrece un servicio profesional, con un máximo de dos veces al año, para realizar un tratamiento de control de plagas en las zonas comunes interiores del edificio.

Si quieres conocer más acerca de los seguros de comunidad de propietarios, puedes ponerte en contacto con nuestros asesores a través del formulario para descubrir el que mejor se adapte a tus necesidades.