SEGURO DE HOGAR PARA INQUILINOS

Los seguros de hogar para inquilinos son pólizas destinadas exclusivamente a aquellos que viven de alquiler. Por lo general, las compañías diferencian este tipo de pólizas de los seguros de hogar para arrendadores.

Y es que lo que fundamentalmente protege este seguro de hogar es el contenido del inquilino, los muebles y objetos personales de la vivienda. Por ello, la gran mayoría de estas pólizas se caracterizan por solo contemplar el contenido del hogar, dejando a un lado lo relativo al continente de la vivienda (partes estructurales) que únicamente deben de preocuparle al arrendador).

Aunque te topes con una compañía que no tenga una póliza específica para inquilinos, a la hora de calcular tu seguro te preguntará el régimen de la vivienda, siendo ahí donde indicarás que vives de alquiler. En base a eso, se incluirán unas coberturas en el seguro del hogar u otras, adaptándose a la persona que habita en la casa.

¿Es obligatorios el seguro de hogar para el inquilino?

Una de las mayores dudas en este tipo de viviendas es si el seguro del hogar para un inquilino es obligatorio, y la respuesta es que no. Salvo en alguna excepción, el seguro de hogar no es obligatorio, por lo que nada te fuerza como inquilino a tener uno.

Aunque el casero no puede obligarte en ningún caso a contratar un seguro de hogar, sí puede incluir una cláusula en el contrato del alquiler en la que fije que es necesario tener uno. Evidentemente, eres libre de decidir no aceptar esa condición ya que por ley no estás obligado a tener un seguro de hogar.

No obstante, que no sea obligatorio no significa que no te recomendemos tener asegurada tu vivienda, aunque estés viviendo de alquiler. Ten en cuenta que muchas de las cosas que hay en esa casa son tuyas, y que en caso de que se produzca un siniestro en el hogar nada te protegerá si no tienes un seguro.

El seguro de hogar para inquilinos debería cubrir:

Los bienes de una casa pueden recibir daños a causa de todo tipo de siniestros. Por ello, es fundamental que la póliza que se contrate como inquilinos incluye algunas de las siguientes cuestiones:

-Defensa jurídica

-Acceso al servicio manitas del hogar

-Responsabilidad civil

-Daños por agua

-Rotura de vitrocerámica, de cristales y espejos

-Robo en casa

-Daños estéticos del contenido

-Recuperación de fianzas

-Asistencia en el hogar

Por lo general, lo que no cubrirá el seguro de hogar de un inquilino es el continente, ya que proteger las partes estructurales de la vivienda no es cosa suya sino del propietario.